Cultivos modificados genéticamente: qué dice el consenso científico y por qué el debate persiste
La seguridad alimentaria está establecida; las objeciones sólidas son de modelo agrícola y de propiedad
SEPARAR LAS PREGUNTAS
El debate sobre organismos modificados genéticamente mezcla habitualmente cuestiones independientes que conviene tratar por separado, porque tienen respuestas distintas.
La primera es si los alimentos derivados son seguros para el consumo humano. La segunda es qué efectos ambientales produce su cultivo. La tercera es cómo afecta el modelo de propiedad intelectual asociado a la estructura del sector agrícola.
Confundirlas hace que un argumento sólido en una dimensión se presente como refutación en otra donde no aplica.
LA CUESTIÓN DE LA SEGURIDAD
Sobre el consumo humano existe un consenso amplio entre las principales academias científicas y organismos de evaluación: los cultivos modificados aprobados no presentan riesgos para la salud distintos de los de sus equivalentes convencionales.
Ese consenso se apoya en un volumen considerable de estudios y en décadas de consumo a gran escala sin señales epidemiológicas atribuibles.
Conviene añadir un matiz metodológico: la evaluación se hace producto a producto. La modificación genética es una técnica, no una categoría de riesgo homogénea, y lo relevante es qué gen se introduce y qué proteína produce.
LOS EFECTOS AGRONÓMICOS
Aquí el balance es más variado y depende del rasgo introducido.
Las variedades con resistencia a insectos han reducido de forma documentada el uso de insecticidas en varios contextos, con beneficios para la salud de los aplicadores.
Las variedades tolerantes a herbicidas presentan un cuadro distinto: facilitaron el manejo y condujeron a un uso intensivo del mismo herbicida, lo que generó presión selectiva y la aparición de malezas resistentes. Es un problema de manejo agronómico, no de la técnica de modificación, y habría ocurrido igual con una variedad tolerante obtenida por métodos convencionales.
LA OBJECIÓN MÁS SÓLIDA
La crítica que resiste mejor el escrutinio no es sanitaria sino económica y de gobernanza.
El desarrollo de estas variedades exige inversiones elevadas en investigación y en tramitación regulatoria, lo que concentra la actividad en pocas empresas capaces de asumirlas. Los contratos de licencia que prohíben guardar semilla para la siembra siguiente alteran una práctica agrícola milenaria y aumentan la dependencia del agricultor.
Es una objeción legítima sobre el modelo de negocio, no sobre la biotecnología. La prueba es que existen desarrollos de titularidad pública destinados a resolver carencias nutricionales, cuyo problema principal ha sido precisamente el coste regulatorio y la oposición social, no la técnica.
LO QUE CAMBIA CON LA EDICIÓN GENÉTICA
Las técnicas de edición dirigida permiten introducir cambios que podrían haber surgido por mutación natural, sin insertar material genético de otra especie.
Esto plantea a los reguladores una pregunta sustantiva: si el resultado es indistinguible de una variedad obtenida por mejora convencional, ¿debe someterse al mismo régimen que un organismo transgénico? Las jurisdicciones han respondido de forma divergente, y esa divergencia determinará en buena medida quién puede permitirse innovar en mejora vegetal.
Periódico Digital · https://periodico.dreamlabstech.co/alimentacion-y-agricultura-global/articulo_004.html